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Trámites

Constancia de no inhabilitación

La página oficial limita esta constancia a personas que ingresarán a laborar en el Poder Judicial —con la excepción que ahí se indica— y aspirantes a jueza o juez municipal.

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TU SIGUIENTE PASO

Confirma primero que esta sea la constancia que te solicitan. La página indica que debes consultar a la Oficina de Registro Patrimonial antes de pagar.

Revisa las instrucciones oficiales

  • La consulta previa, el pago y el canje de comprobante forman parte de las instrucciones.
  • Se publican requisitos distintos para quien acude personalmente y quien lo hace mediante otra persona.
  • Confirma el importe vigente y la oficina antes de realizar el pago.